jueves, 11 de agosto de 2016

El traslado de trabajadores atenta contra nuestros derechos

La Expresión del Teenager


Johanna Villasmil
@JohaVillasmil
Laexpresiondelteenager.blogspot.com

La problemática económica que está atravesando Venezuela ha conllevado a que el gobierno nacional declare una situación de emergencia y promulgue una serie de resoluciones para poder afrontar estos momentos tan difíciles. Lo lógico sería que las resoluciones se establezcan pensando en el bienestar del ciudadano y la mejora económica nacional, pero lo cierto es que estamos viendo resoluciones que atentan contra los derechos humanos.

El viernes 22 de julio de 2016, fue publicada en Gaceta Oficial la Resolución N° 9855 del Ministerio del Trabajo, que establece un "régimen laboral transitorio" en el marco de la declaración de Emergencia Económica y del Decreto de Estado de Excepción. La resolución establece que los trabajadores pueden ser trasladados de su puesto actual y “reinsertados” de manera temporal en las empresas de agroindustria con el objetivo de “fortalecer su producción”.

Con esta resolución se da a entender que la empresa tiene potestad sobre las decisiones del trabajador, eliminando de esa forma cualquier tipo de libertad del mismo y por lo tanto, sus derechos. De acuerdo con lo establecido en la resolución el préstamo del trabajador puede durar hasta 60 días, prorrogables por igual tiempo, si las circunstancias lo ameritan.

El abogado y profesor de la UCV, José Ignacio Hernández, explicó que para poder entender este régimen laboral hay que imaginarse “una empresa de jugo de naranja y una empresa de atún enlatado. La empresa de jugo de naranja se encuentra en un proceso de “reactivación” conducida por el Gobierno. Para cumplir con ese propósito, la empresa de jugo de naranja requiere de cien trabajadores, por dos meses, para cumplir con las nuevas metas de producción. Para lograr ese objetivo, el Gobierno “pide prestados” cien trabajadores de la empresa de atún enlatado que, temporalmente, laborarán en la empresa de jugo de naranja”.

Existe aún una incertidumbre muy grande con respecto a cómo será la aplicación de esta resolución porque en Gaceta se observa que es algo obligatorio, pero los altos voceros del gobierno informan que es realmente una medida voluntaria.

Lo cierto es que un trabajo voluntario es lo que realizamos nosotros en nuestro día a día, cuando vamos a la calle y colaboramos en el crecimiento de la riqueza nacional por medio de la labor que realizamos en un negocio específico. Esta resolución no es para nada voluntaria, porque es un sistema obligatorio de movilización de trabajadores de una empresa a otra en la cual la voluntad del trabajador ha sido anulada.

Lo único que se podría tomar como algo positivo de esta resolución es que el trabajador trasladado va a continuar manteniendo el mismo salario, pero lo cierto es que el salario no es lo único importante porque un empleado privado puede recibir comisiones u otros beneficios que va a perder.

Esta es una nueva medida en la que se continúan violando nuestros derechos humanos. La Convención 29 de la Organización Internacional del Trabajo expone que el trabajo forzoso es “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”


Si es cierto que estamos en un momento de emergencia económica, donde es necesario tomar acciones para poder sobrevivir, pero las que ha tomado el Estado no están pensadas en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, sino en empeorarla. Con esta resolución estamos volviendo a los tiempos de la colonia, donde los esclavos eran intercambiados, vendidos y comprados para trabajar en lo que más le convenía al amo. Necesitamos medidas que realmente sean creadas pensando en el futuro del país y sus ciudadanos, no medidas que le convengan a unos pocos. 

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