La Expresión del Teenager
Johanna Villasmil
@JohaVillasmil
Laexpresiondelteenager.blogspot.com
La problemática económica que está atravesando Venezuela ha conllevado a
que el gobierno nacional declare una situación de emergencia y promulgue una
serie de resoluciones para poder afrontar estos momentos tan difíciles. Lo
lógico sería que las resoluciones se establezcan pensando en el bienestar del
ciudadano y la mejora económica nacional, pero lo cierto es que estamos viendo
resoluciones que atentan contra los derechos humanos.
El viernes 22 de julio de 2016, fue publicada en Gaceta Oficial la
Resolución N° 9855 del Ministerio del Trabajo, que establece un "régimen
laboral transitorio" en el marco de la declaración de Emergencia Económica
y del Decreto de Estado de Excepción. La resolución establece que los
trabajadores pueden ser trasladados de su puesto actual y “reinsertados” de
manera temporal en las empresas de agroindustria con el objetivo de “fortalecer
su producción”.
Con esta resolución se da a entender que la empresa tiene potestad sobre
las decisiones del trabajador, eliminando de esa forma cualquier tipo de
libertad del mismo y por lo tanto, sus derechos. De acuerdo con lo establecido
en la resolución el préstamo del trabajador puede durar hasta 60 días, prorrogables
por igual tiempo, si las circunstancias lo ameritan.
El abogado y profesor de la UCV, José Ignacio Hernández, explicó que para
poder entender este régimen laboral hay que imaginarse “una empresa de jugo de
naranja y una empresa de atún enlatado. La empresa de jugo de naranja se
encuentra en un proceso de “reactivación” conducida por el Gobierno. Para
cumplir con ese propósito, la empresa de jugo de naranja requiere de cien
trabajadores, por dos meses, para cumplir con las nuevas metas de producción.
Para lograr ese objetivo, el Gobierno “pide prestados” cien trabajadores de la
empresa de atún enlatado que, temporalmente, laborarán en la empresa de jugo de
naranja”.
Existe aún una incertidumbre muy grande con respecto a cómo será la
aplicación de esta resolución porque en Gaceta se observa que es algo
obligatorio, pero los altos voceros del gobierno informan que es realmente una
medida voluntaria.
Lo cierto es que un trabajo voluntario es lo que realizamos nosotros en
nuestro día a día, cuando vamos a la calle y colaboramos en el crecimiento de
la riqueza nacional por medio de la labor que realizamos en un negocio
específico. Esta resolución no es para nada voluntaria, porque es un sistema
obligatorio de movilización de trabajadores de una empresa a otra en la cual la
voluntad del trabajador ha sido anulada.
Lo único que se podría tomar como algo positivo de esta resolución es que
el trabajador trasladado va a continuar manteniendo el mismo salario, pero lo
cierto es que el salario no es lo único importante porque un empleado privado
puede recibir comisiones u otros beneficios que va a perder.
Esta es una nueva medida en la que se continúan violando nuestros derechos
humanos. La Convención 29 de la Organización Internacional del Trabajo expone
que el trabajo forzoso es “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo
la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece
voluntariamente”
Si es cierto que estamos en un momento de emergencia económica, donde es
necesario tomar acciones para poder sobrevivir, pero las que ha tomado el
Estado no están pensadas en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, sino
en empeorarla. Con esta resolución estamos volviendo a los tiempos de la
colonia, donde los esclavos eran intercambiados, vendidos y comprados para
trabajar en lo que más le convenía al amo. Necesitamos medidas que realmente
sean creadas pensando en el futuro del país y sus ciudadanos, no medidas que le
convengan a unos pocos.
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